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Resultados Generales: Caracterización

La Ley General de Transparencia establece un marco legal mínimo aplicable a cada Organismo Garante, pero el funcionamiento de cada uno de ellos también está determinado por factores particulares, como lo son su presupuesto, las Ponencias que integran su Pleno y la interacción y retroalimentación generada por sus Consejos Consultivos.

En este primer apartado de los resultados generales de la ENOGDAI te presentamos un análisis general de estos elementos.

Presupuesto

a) Presupuesto ejercido en los ejercicios 2015 a 2019

Para analizar el presupuesto ejercido por los Organismos Garantes del Derecho a la Información (OGDAIs) a lo largo de cinco ejercicios fiscales, deflactamos los valores nominales a precios de 2020.

Hecho esto, podemos observar que en Aguascalientes, Ciudad de México, Du-rango, Estado de México, Nuevo León y Querétaro, el presupuesto ejercido por los OGDAIs ha presentado un incremento estable año con año; mientras que en Colima, Michoacán, Puebla, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas es posible obser-var que el incremento que se había registrado entre 2015 y 2018, presentó un retroceso en 2019.

Por otro lado, hay Estados en los que el presupuesto ejercido por los OGDAIs se ha reducido progresivamente, como lo son Coahuila, Hidalgo, Oaxaca y Tabas-co. Es en este último caso en el que es posible observar la reducción de presu-puesto ejercido más acentuada a nivel nacional.

Con los datos obtenidos en las dos ediciones de la ENOGDAI, fue posible observar que el presupuesto ejercido por el Organismo Garante del Estado de Tabasco se ha reducido año con año, en términos reales, a partir de 2017. En efecto, mientras que en 2017 el Organismo Garante ejerció el equivalente a 38.35 millones de pesos a precios de 2020, en 2018 ese monto se redujo a 30.95 millones de pesos y en 2019 el ITAIP solamente ejerció el equivalente a 27.31 millones de pesos.

Presupuesto ejercido por el Organismo Garante del Estado de Tabasco en los ejercicios fiscales 2015 a 2019 (en millones de pesos)

Valores deflactados a precios de 2020

La reducción presupuestal necesariamente tiene un efecto negativo en la capacidad de los OGDAIs para ejercer sus atribuciones de ley, lo que a su vez impacta en el ejercicio efectivo del Derecho a la Información (DI) por parte de la población en general.

Al comparar los resultados de ambas ediciones de la ENOGDAI, es posible observar datos que podrían sugerir que la reducción presupuestal entre los ejercicios fiscales de 2017 y 2019 ha impactado en el ejercicio de las atribuciones del Organismo Garante del Estado de Tabasco.

Por ejemplo, en 2017 dicho Organismo Garante resolvió el 95.74% de los 1,620 recursos de revisión interpuestos. En 2019 la cantidad de recursos de revisión casi se triplicó, al interponerse 4,092; sin embargo, durante dicho año solamente resolvió el 68.62% de éstos.

El caso del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública se analiza con mayor detalle en su hoja de resultados, la cual puedes consultar aquí. 

En otro orden de ideas, también fue posible identificar casos en los que se pre-sentaron incrementos importantes en el presupuesto ejercido durante el ejercicio 2019, como lo fueron Baja California Sur, Guanajuato, San Luis Potosí y Vera-cruz. Es preciso señalar que durante la ENOGDAI 2020 no realizamos solicitudes de información dirigidas a estos Organismos Garantes para indagar sobre estos incrementos.

En la siguiente gráfica se muestra el presupuesto ejercido por 27 OGDAIs. En el caso de Chiapas, el Organismo Garante no ha brindado información clara y ac-cesible sobre su presupuesto en las ENOGDAI 2018 y 2020.

Presupuesto ejercido en los ejercicios fiscales 2015 a 2019 (en millones de pesos)

Valores deflactados a precios de 2020

En la siguiente gráfica es posible observar el presupuesto ejercido por los cuatro OGDAIs locales que reciben mayor presupuesto. Como señalamos previamente, la Ciudad de México, el Estado de México y Nuevo León mantienen un incremento constante en el presupuesto ejercido. Por otro lado, en Jalisco, el presupuesto mantiene una tendencia a incrementarse un año y reducirse ligeramente al siguiente.

Presupuesto ejercido en los ejercicios fiscales 2015 a 2019

Valores deflactados a precios de 2020 (en millones de pesos)

A nivel federal, fue posible observar que el presupuesto ejercido por el INAI du-rante 2019 fue el más bajo desde 2015. En el ejercicio 2019, al INAI le fue asig-nado 3.95% menos presupuesto que el que el Instituto solicitó. Asimismo, a lo largo del ejercicio fiscal se presentó una reducción presupuestal por el equiva-lente a $669,671.99 a precios de 2020, lo que implicó que el organismo garante solamente contara con el 95.98% del presupuesto solicitado.

b) Presupuesto solicitado, asignado y afectaciones presupuestales durante el ejercicio fiscal 2019

Al inicio del ejercicio fiscal 2019, solamente a siete (21% del total) Organismos Garantes del Derecho a la Información (OGDAIs) les fue asignado exactamente el mismo presupuesto que solicitaron. Estos casos se resaltan en verde en el cuadro siguiente. En el caso de los Organismos Garantes de Baja California, Nuevo León y Querétaro, les fue asignado un presupuesto con una variación de menos del 1% respecto al solicitado.

En seis de estos casos (18% del total), los Organismos Garantes indicaron haber recibido ampliaciones presupuestales, los cuales se señalan en amarillo. Resalta el caso del OGDAI de Baja California Sur, pues la ampliación presupuestal fue por un monto equivalente al 88.61% de su presupuesto inicial. Es preciso resaltar que dicho Organismo Garante ejerció la totalidad de dichos recursos, puesto que no presentó ni sobre, ni subejercicio durante 2019.

El OGDAI de Querétaro inicialmente recibió 99.18% del presupuesto que solicitó. Posteriormente recibió una ampliación presupuestal, la cual implicó que su presupuesto total alcanzara el 99.59% del monto que solicitó inicialmente. Es el único caso en el que la ampliación presupuestal no implicó que su presupuesto modificado superara el presupuesto solicitado inicialmente

OGDAI Presupuesto solicitado 2019Presupuesto asignado al inicio del ejercicio 2019Diferencia entre presupuesto solicitado y asignado inicial (%)Presupuesto modificado 2019 (después de ampliaciones y reducciones)Porcentaje de presupuesto obtenido en relación con el presupuesto solicitado inicialmente
Baja California$15,925,819.55$15,857,098.97-0.43%$15,857,098.9799.57%
Baja California Sur$8,117,907.38$8,117,907.380.00%$15,310,989.86188.61%
Coahuila$46,908,146.05$46,908,146.050.00%$46,908,146.05100.00%
Colima$7,706,874.09$7,706,874.090.00%$8,839,844.06114.70%
Guanajuato$49,092,011.23$49,092,011.230.00%$49,092,011.23100.00%
Hidalgo$19,509,124.56$19,509,124.560.00%$19,683,721.10100.89%
Nuevo León$78,034,085.47$78,764,253.210.94%$80,001,161.29102.52%
Oaxaca$28,991,194.89$28,991,194.890.00%$28,991,194.89100.00%
Querétaro$19,729,597.67$19,567,002.15-0.82%$19,649,048.9999.59%
Quintana Roo$46,290,117.43$46,290,117.430.00%$48,120,861.74103.95%

Todos los montos señalados en esta tabla se encuentran deflactados a valores de 2020.

Por otro lado, 19 OGDAIs, lo que equivale a 58% del total, recibieron entre 2% y 64.47% menos del presupuesto que solicitaron para el ejercicio 2019.

Destacan los casos de los Organismos Garantes de San Luis Potosí y Guerrero, en los que el presupuesto asignado inicialmente era 62.47% y 62.43% menos que lo que dichos Organismos Garantes habían solicitado. En los casos de Nayarit, Sonora, Tabasco y Tlaxcala, a los Organismos Garantes les fue asignado solamente entre el 50% y el 55% del presupuesto que solicitaron para el ejercicio 2019.

Organismo Garante Presupuesto solicitado 2019Presupuesto asignado al inicio del ejericio 2019Diferencia entre presupuesto solicitado y asignado inicial (%)
Aguascalientes$25,102,513.79$23,263,456.34-7.33%
Campeche$22,752,602.60$22,222,189.83-2.33%
Chihuahua$55,002,104.58$49,864,188.51-9.34%
Durango$22,273,455.26$19,704,512.31-11.53%
Guerrero$40,560,501.27$15,238,134.21-62.43%
Jalisco$82,312,101.48$57,826,144.72-29.75%
Michoacán$36,068,170.75$30,930,254.69-14.25%
Morelos$27,271,298.04$19,224,026.73-29.51%
Nayarit$18,421,739.01$10,067,150.52-45.35%
Puebla$23,172,847.14$17,112,604.24-26.15%
San Luis Potosí$81,042,659.21$30,416,096.62-62.47%
Sinaloa$37,483,294.30$25,925,968.63-30.83%
Sonora$59,120,285.08$31,332,432.26-47.00%
Tabasco$37,799,614.55$20,551,664.24-45.63%
Tamaulipas$23,108,986.95$16,304,217.92-29.45%
Tlaxcala$26,867,851.40$13,613,243.70-49.33%
Yucatán$39,174,272.21$31,689,553.39-19.11%
Zacatecas$29,885,139.88$23,912,092.55-19.99%
INAI$963,001,345.97$924,980,767.12-3.95%

Todos los montos señalados en esta tabla se presentan deflactados a valores de 2020.

De estos Organismos Garantes, 10 recibieron ampliaciones presupuestales (10% del total de OGDAIs). Estos casos se señalan en verde en el cuadro siguiente. En ninguno de estos casos, el monto de la ampliación sumado al presupuesto asignado inicialmente, igualó el monto de presupuesto solicitado por los Organismos Garantes para el ejercicio 2019.

En el caso del Organismos Gartante de Tlaxcala, a pesar de recibir una ampliación presupuestal, en total solamente recibió el 52.04% del presupuesto que solicitó para el ejercicio fiscal 2019.

Por otro lado, los Organismos Garantes de Tabasco y Durango, así como el INAI, recibieron reducciones presupuestales a lo largo del ejercicio 2019. En el caso de Tabasco, la reducción ($269,423.58) fue menor a la ampliación presupuestal ($6,983,416.11) que recibió en dicho ejercicio.

A pesar de las modificaciones presupuestales, de este grupo de 19 Organismos Garantes, solamente 9 obtuvieron un presupuesto igual o superior al 80% de lo que habían solicitado para el ejercicio fiscal 2019. Estos 9 Organismos Garantes representan 27% del total de OGDAIs a nivel nacional.

OGDAIPresupuesto solicitado 2019Presupuesto modificado 2019 (después de ampliaciones y reducciones)Porcentaje de presupuesto obtenido en relación con el presupuesto solicitado
Aguascalientes$25,102,513.79$23,591,596.5493.98%
Campeche$22,752,602.60$22,222,189.8397.67%
Chihuahua$55,002,104.58$49,864,188.5190.66%
Durango$22,273,455.26$18,421,203.7182.70%
Guerrero$40,560,501.27$15,238,134.2137.57%
Jalisco$82,312,101.48$60,491,126.4173.49%
Michoacán$36,068,170.75$30,930,254.6985.75%
Morelos$27,271,298.04$19,294,077.0870.75%
Nayarit$18,421,739.01$10,067,150.5254.65%
Puebla$23,172,847.14$20,227,403.4987.29%
San Luis Potosí$81,042,659.21$30,416,096.6237.53%
Sinaloa$37,483,294.30$25,925,968.6369.17%
Sonora$59,120,285.08$38,489,723.2565.10%
Tabasco$37,799,614.55$27,265,656.7772.13%
Tamaulipas$23,108,986.95$18,359,384.3479.45%
Tlaxcala$26,867,851.40$13,982,412.2252.04%
Yucatán$39,174,272.21$33,986,266.4086.76%
Zacatecas$29,885,139.88$26,704,225.7089.36%
INAI$963,001,345.97$924,311,095.1395.98%

Todos los montos señalados en esta tabla se presentan deflactados a valores de 2020.

Por último, es preciso señalar que no fue posible realizar cálculos sobre los presupuestos de los Organismos Garantes de la Ciudad de México, el Estado de México y Veracruz, debido a que no brindaron información sobre el presupuesto solicitado, sino que solamente indicaron el presupuesto que les fue asignado para el ejercicio 2019.

En el caso del Organismo Garante de Chiapas, éste no respondió a la solicitud de información enviada.

Conformación del Pleno de los Organismos Garantes en 2019

El Pleno de cada Organismo Garante es su principal instancia de toma de decisiones, está integrado por las y los comisionados y sesiona periódicamente. Entre sus principales atribuciones se encuentran la resolución de recursos de revisión, la emisión de medidas de apremio y la imposición de sanciones, así como la interposición de acciones de inconstitucionalidad, entre otras.

La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece distintos elementos mínimos que las autoridades competentes deberán seguir al momento de designar a las y los comisionados que integrarán el Pleno de los Organismos Garantes.

En esta sección analizaremos dos elementos básicos: el número de las personas que integraron el Pleno de cada Organismo Garante y la proporción de hombres y mujeres que los integraron.

a) Número de personas que integraron el Pleno de los Organismos Garantes durante 2019

El artículo 38 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) establece distintos requerimientos mínimos que debe cumplir, entre los que se encuentran los siguientes:

– El Pleno debe funcionar de manera colegiada; por lo que no puede estar compuesto por una sola persona.
– El número de personas que lo integren debe ser impar.

A partir de la información proporcionada, fue posible observar que 28 Organismos Garantes reportaron que, durante 2019, contaron con un Pleno integrado por un número impar de personas, lo que se ajusta a los requerimientos establecidos en la LGTAIP.

Número de integrantes del Pleno de los Organismos Garantes durante 2019

Como puede apreciarse, los Plenos de los Organismos Garantes de los Estados de Coahuila, Guanajuato, Michoacán y Oaxaca incumplían con los criterios establecidos en la LGTAIP, pues estuvieron integrados por un número par de personas.

En el cuadro siguiente te mostramos la integración del Pleno de dichos Organismos Garantes.

Organismo GaranteNúmero de integrantes del Pleno durante 2019Número de personas que deberían integrar el Pleno*
Coahuila45
Guanajuato23
Michoacán23
Oaxaca25

*Cada ley local de transparencia establece un número de integrantes distinto para el Pleno de los OGDAIs. En el caso del OGDAI de Oaxca, la instancia equivalente al Pleno se denomina Consejo General.

El caso del OGDAI de Oaxaca destaca, debido a que durante 2019 el Consejo General, que es la instancia equivalente al Pleno, solamente contaba con 40% de sus integrantes.

Por otro lado, la cantidad de Organismos Garantes que presentaron una conformación irregular en su Pleno durante 2019 es igual a la que se registró durante 2017, cuando los OGDAIs de los estados de Baja California, Michoacán, Nuevo León y Veracruz indicaron haber contando con un número par de integrantes del Pleno. Como puede observarse, solamente el OGDAI de Michoacán presentó nuevamente dicha irregularidad.

a)   Porcentaje de mujeres y hombres que integraban el Pleno de los Organismos Garantes.

El artículo 38 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) establece que la composición del Pleno de los Organismos Garantes debe procurar la igualdad de género.

Puesto que la misma LGTAIP establece que el Pleno de los Organismos Garantes deben tener un Pleno compuesto por un número impar de personas, la igualdad de género en la integración de dichas instancias no se expresará en un porcentaje exacto de 50% de mujeres y 50% de hombres.

Por ello, al analizar si la conformación de los Plenos tiende a la igualdad de género tomamos como referencia que, dependiendo del número de personas que lo integraran, una distribución que apuntaba a la igualdad de género se ubicaba entre el 60% – 40%, o bien, entre el 67% y el 33% en los casos en los que los Plenos estaban integrados por tres personas.

De esta manera identificamos que 28 Plenos se ubican dentro de estos parámetros, por lo que podemos indicar que cumplen con la disposición legal de buscar la equidad de género en su conformación.

Por otro lado, el Pleno del OGDAI del Estado de Nayarit estuvo integrado exclusivamente por hombres. En lo que respecta al Organismo Garante de Coahuila, tres de las cuatro personas que integraron el Pleno fueron hombres.

Integración del Pleno de los Organismos Garantes durante 2019

Durante 2019 el Pleno de tres OGDAIs estuvo integrado exclusivamente por mujeres. En los casos de Guanajuato y Michoacán, esta conformación se debió a que las autoridades competentes no habían nombrado a la tercera persona integrante del Pleno por lo que, en ambos casos, dicha instancia estuvo integrada por dos mujeres.

Organismo Garante

Número de integrantes del Pleno

Porcentaje de mujeres en el Pleno

Durango

3

100%

Guanajuato

2

100%

Michoacán

2

100%

El caso de Durango es distinto y merece una mención particular, puesto que su Pleno estuvo conformado por la totalidad de personas que establece su ley local y todas ellas fueron mujeres. Es importante señalarque es la primera vez que, en una ENOGDAI, se registra un Pleno integrado únicamente por mujeres.

Al respecto, es importante señalar que una interpretación literal del principio de paridad podría llevar a señalar que dicha integración violentaría este principio; sin embargo, esto no es así.

En México, los espacios de toma de decisiones han sido ocupados tradicionalmente por hombres. Uno de los mecanismos institucionales que apuntan a reducir esa desigualdad son las “acciones afirmativas”, las cuales se definen como “medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer.”

La implementación de acciones afirmativas para la paridad no han estado excentas de controversias, las cuales han sido promovidas por hombres que consideran que sus derechos se han visto afectados. Dichas controversias se han desarrollado principalmente en el ámbito electoral, de tal suerte que en el año 2021 el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió la jurisprudencia 10/2021, en la cual estableció que la participación de un mayor número de mujeres en los órganos legislativos y municipales es apegado al principio de igualdad y no discriminación.

Entre sus argumentos, el TEPJF señaló que reducir la participación de las mujeres usando como fundamento el principio de paridad “implicaría que una medida que se implementó para su beneficio se traduzca en un límite a su participación”.

A continuación te presentamos la jurisprudencia 10/2021:

“[…] la aplicación de reglas de ajuste a las listas de postulaciones bajo el sistema de representación proporcional, con el objeto de lograr la integración paritaria entre géneros en órganos legislativos o municipales, está justificada cuando se traduce en el acceso de un mayor número de mujeres. Lo anterior considerando, en principio, que las disposiciones normativas que incorporan el mandato de paridad de género o medidas afirmativas deben interpretarse y aplicarse procurando el mayor beneficio de las mujeres, por ser medidas preferenciales a su favor, orientadas a desmantelar la exclusión de la que han sido objeto en el ámbito político. Así, realizar ajustes en la asignación de cargos de representación proporcional de tal manera que se reduzca el número de mujeres dentro del órgano de gobierno implicaría que una medida que se implementó para su beneficio se traduzca en un límite a su participación por el acceso al poder público y, por tanto, sería una restricción injustificada de su derecho de ocupar cargos de elección popular. Con base en lo razonado, en estos casos es apegado al principio de igualdad y no discriminación que los órganos legislativos y municipales se integren por un número mayor de mujeres que de hombres.”

Si bien esta determinación se constriñe al ámbito electoral, es un importante indicio sobre la interpretación amplia que debe de hacerse del principio de paridad. Siendo así, la integración del Pleno del Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales (IDAIP) no contravendría el principio de paridad establecido en la LGTAIP, sino que es un precedente importante en el avance de la participación de las mujeres en espacios de toma de decisión.

Ésta integración del Pleno del IDAIP abre una oportunidad importante para que el Organismo Garante desarrolle políticas, diseñe y refuerce acciones de promoción del derecho a la información con perspectiva de género. En este proceso, el Pleno del IDAIP podrá apoyarse de su Consejo Consultivo, el cual también estaba conformado exclusivamente por mujeres durante 2019.

Consejo Consultivo: existencia, integración y actuación

El artículo 47 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) señala que todos los Organismos Garantes del Derecho a la Información (OGDAIs) deben contar con un Consejo Consultivo, establece distintos requerimientos mínimos que debe cumplir su integración y señala las atribuciones con las que cuenta.

A partir de la información que pudo ser sistematizada, fue posible observar lo siguiente:

a) Existencia del Consejo Consultivo

En 2019, 19 Organismos Garantes del Derecho a la Información (OGDAIs) contaban con un Consejo Consultivo, lo que representa 58% del total. Este registro presenta un incremento de 5 OGDAIs respecto a 2017. Sin embargo, a nivel nacional, 10 de los Organismos Garantes aún incumplen con la LGTAIP al no contar con dicha instancia.

Organismos Garantes que contaron con un Consejo Consultivodurante 2019
AguascalientesCampecheGuerreroOaxacaQuintana RooVeracruz
Baja CaliforniaColimaJaliscoPueblaSinaloaYucatán
Baja California SurDurangoNuevo LeónQuerétaroTamaulipasZacatecas
INAI
Organismos Garantes que no contaban con un Consejo Consultivo durante 2019
ChihuahuaCoahuilaGuanajuatoMichoacánSonora
Ciudad de MéxicoEdomexHidalgoSan Luis PotosíTabasco

Por otro lado, el OGDAI del Estado de Tlaxcala indicó se declaró incompetente para dar información sobre su Consejo Consultivo. Por su parte, el Organismo Garante del Estado de Morelos indicó no haber generado información sobre su Consejo Consultivo.

En lo que respecta a los OGDAIs de Chiapas y Nayarit, no respondieron a la pregunta realizada.

b) Conformación del Consejo Consultivo
El ya mencionado artículo 47 de la LGTAIP establece que, en la conformación de los Consejos Consultivos, se deberá buscar la equidad de género.
La Ley no establece restricciones respecto al número de personas que pueden conformar los Consejos Consultivos, pero en los casos en los que éstos se integraron por un número impar de personas, seguimos los mismos criterios que señalaron en el apartado relativo a la integración del Pleno.
Dicho esto, fue posible observar que los Organismos Garantes de los Estados de Baja California, Quintana Roo y Yucatán, así como el INAI, contaron con igual número de mujeres y hombres en sus Consejos Consultivos.

Seis OGDAIs reportaron que su Consejo Consultivo se conformaba por un número impar de personas y se ubicaron en el rango del 60% – 40% de hombres y mujeres, por lo cual se considera que la integración de dichos Consejos concordaba con lo establecido en la LGTAIP.

Por otro lado, ocho Consejos Consultivos incumplían con la LGTAIP, puesto que en cinco casos fueron integrados mayoritariamente por hombres, y en tres más, por mujeres. Los casos de los Consejos Consultivos de los OGDAIS de Durango y Querétaro son casos especiales puesto que, en el caso de Durango, el Consejo estuvo integrado completamente por mujeres, mientras que en Querétaro, el Consejo fue integrado exclusivamente por hombres.
Como en 2017, el OGDAI de Jalisco mantiene el Consejo Consultivo más grande a nivel nacional, aunque en 2019 pasó de 15 a 14 integrantes. Sin embargo, la integración de su consejo sigue contraviniendo lo establecido en la LGTAIP, pues estuvo conformado por 12 hombres y solamente dos mujeres.

Integración del Consejo Consultivo

En el extremo contrario se encuentran los Organismos Garantes de Campeche y Oaxaca, cuyos Consejos Consultivos estuvieron compuestos mayoritariamente por mujeres. El caso del OGDAI de Durango merece una mención especial, puesto que estuvo compuesto exclusivamente por mujeres.

Al respecto, te invitamos a consultar el apartado sobre la integración del Pleno de los OGDAIs, en el cual dedicamos un espacio a señalar las causas por las cuales la presencia mayoritaria de mujeres no incumple con el principio de paridad.

c)   Ejercicio de las atribuciones del Consejo Consultivo
El artículo 48 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) le otorga ocho atribuciones específicas a los Consejos Consultivos de los Organismos Garantes. Sin embargo, de los 19 Consejos Consultivos que estaban integrados en 2019, solamente seis (31.57%) ejercieron por lo menos una de sus atribuciones legales.

En el siguiente cuadro presentamos las atribuciones de los Consejos Consultivos, su fundamento legal y los Consejos Consultivos de los Organismos Garantes que ejercieron dicha atribución durante 2019.

Atribuciones de los Consejos Consultivos de los Organismos Garantes y su ejercicio durante 2019
AtribuciónFundamento legalConsejos Consultivos que ejercieron esta atribución
Opinar sobre el programa anual de trabajo y su cumplimientoLGTAIP, Artículo 48, fracción I

Colima

Nuevo León

Sinaloa

INAI

Opinar sobre el proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguienteLGTAIP, Artículo 48, fracción II

Colima

Jalisco

Nuevo León

Sinaloa

Yucatán

INAI

Conocer el informe de los Organismos Garantes sobre el presupuesto asignado a programas y el ejercicio presupuestalLGTAIP, Artículo 48, fracción III

Colima

Nuevo León

Sinaloa

INAI

Emitir observaciones sobre el informe de los Organismos Garantes sobre el presupuesto asignado a programas y el ejercicio presupuestalLGTAIP, Artículo 48, fracción III

Colima

Nuevo León

INAI

Emitir opiniones no vinculantes, a petición de los Organismos garantes o por iniciativa propia, sobre temas relevantes en las materias de transparencia, acceso a la información, accesibilidad y protección de datos personalesLGTAIP, Artículo 48, fracción IV

Colima

Nuevo León

Sinaloa

INAI

Emitir opiniones técnicas para la mejora continua en el ejercicio de las funciones sustantivas de los Organismos garantesLGTAIP, Artículo 48, fracción V

Colima

Nuevo León

Sinaloa

Opinar sobre la adopción de criterios generales en materia sustantivaLGTAIP, Artículo 48, fracción VI

Colima

INAI

Analizar y proponer la ejecución de programas, proyectos y acciones relacionadas con la materia de transparencia y acceso a la información y su accesibilidadLGTAIP, Artículo 48, fracción VII

Colima

Nuevo León

INAI

En la siguiente gráfica te presentamos el total de atribuciones ejercidas por cada Consejo Consultivo durante 2019.

Total de atribuciones ejercidas por los Consejos Consultivos de los OGDAIs durante 2019

En el extremo contrario se ubican los Consejos Consultivos de los OGDAIs de Jalisco y Yucatán, los cuales solamente ejercieron una de sus atribuciones durante 2019.

Por otro lado, la atribución más ejercida durante 2019 fue la emisión de opiniones sobre el proyecto de presupuesto de los Organismos Garantes para el ejercicio 2020, la cual fue ejercida por 6 Consejos Consultivos.

En segundo lugar se encontraron las atribuciones para emitir opiniones sobre el programa anual de trabajo; conocer el informe sobre el presupuesto asignado a programas y su ejercicio; y la emisión de opiniones no vinculantes en materia de transparencia y Derecho a la Información. Estas atribuciones fueron ejercidas por 4 Consejos Consultivos.

La atribución menos ejercida durante 2019 fue la emisión de opiniones sobre la adopción de criterios generales, pues solamente fue ejercida por los Consejos Consultivos del INAI y del Organismo Garante de Colima.